A la hora de comprar una vivienda se hace necesario tener claro la diferencia que existe entre los bienes muebles y los bienes inmuebles, así como algunas de sus características.
Por tal razón, decidimos hacer un artículo dedicado a este tema; esto con la finalidad de que el comprador se sienta una persona 100% segura de si mismo, a la hora de hablar de estos términos durante el proceso de compra.
En primer lugar hay que tener claro que los bienes muebles pueden trasladar de un lugar a otro conservando su integridad, mientras que los bienes inmuebles se refiere a algo que está unido al terreno de modo inseparable, tanto física como jurídicamente.
En este sentido, un ejemplo de los bienes inmuebles sin duda alguna son los edificios y las casas.
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¿Los bienes inmuebles tienen más valor?
Una duda que surge entre estas dos definiciones o conceptos es que si los bienes inmuebles son más valiosos. Usualmente se sustentaba en que sí; la razón es su alto costo económico, sus implicaciones culturales y de patrimonio que implican.
Se debe tomar en cuenta su carácter sucesorial (heredable) y su vinculación, con el ámbito familiar e íntimo, o bien con el productivo, agrícola o industrial.
No obstante, hay que dejar claro que esa consideración se cuestiona en tiempos actuales, debido a que el valor agregado de ciertos productos (e incluso ciertas informaciones) puede sobrepasar el precio o valor de grandes bienes inmuebles.
Diferenciarlos jurídicamente dependerá de la legislación de cada país
En otro orden de ideas, es importante mencionar que a la hora de diferenciar ambas definiciones de forma jurídica y tributaria, dependerá de la legislación de cada país.
Esto debido a que en algunos países, determinados barcos y aeronaves tienen una consideración similar a la de los bienes inmuebles.
Por tal razón, habrá que consultar la legislación de cada Estado para saber qué artículos hay que aplicar sobre cada tipo de propiedad.
Finalmente hay que destacar que los bienes inmuebles no son sinónimo de cosa. A lo que se refiere esta característica es que ellos no son denominados jurídicamente como “cosa”.